Artículo Disposición finalDisposición final
Disposición final
El presente Estatuto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Norma publicada: 10 de agosto de 1982
Resumen del Artículo Disposición final
Artículo Disposición final del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — Disposición final El presente Estatuto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Disposición final
El presente Estatuto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Norma publicada: 10 de agosto de 1982
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Disposición final El presente Estatuto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El artículo Disposición final del EACan está vigente.
Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Canarias.
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